En un expediente tramitado en la provincia de Neuquén, la jueza de Familia Eliana Fortbetil ordenó que un hombre y su abogado realicen un taller obligatorio de capacitación en género, luego de detectar en su escrito conceptos inaceptables y expresiones que vulneran principios de igualdad. La resolución fue emitida el 14 de noviembre de 2025 en una causa por el cuidado de una niña de 10 años.
La medida disciplinaria se originó en una denuncia de la madre, quien sostuvo que su ex pareja se llevó a la niña y cortó el contacto, pese a un acuerdo verbal de cuidado compartido. En la contestación, la magistrada advirtió violencia simbólica, naturalización de desigualdades y frases impropias de un profesional del derecho.
Fortbetil señaló que las expresiones evidencian una ausencia de formación en género indispensable para intervenir en procesos familiares, y recordó que situaciones similares ya habían sido advertidas al letrado en otros trámites judiciales.
La jueza remarcó que incorporar perspectiva de género “no resta objetividad”, sino que permite observar situaciones que históricamente quedaron invisibilizadas. También cuestionó términos que buscaron desacreditar su función jurisdiccional.
Además, indicó que las descalificaciones personales no constituyen un ejercicio legítimo de defensa, sino prácticas que exceden los límites éticos y procesales.
Finalmente, dispuso que el abogado complete la capacitación de la Ley Micaela, dictada por la Oficina de la Mujer del Tribunal Superior de Justicia, con obligación de acreditar su cumplimiento bajo apercibimiento de una sanción económica.

