Estados Unidos impondrá una declaración jurada de salud y restricciones a viajeros por el ébola

Estados Unidos impondrá una declaración jurada de salud y restricciones a viajeros por el ébola

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) establecieron un nuevo requisito sanitario para todas las personas que viajen en avión hacia ese país desde el extranjero. A partir del 3 de noviembre de 2026, a las 23:59, hora del Este, deberán presentar una declaración jurada en la que certifiquen que no estuvieron en la República Democrática del Congo (RDC) durante los 21 días anteriores al embarque.

La disposición apunta a reducir el riesgo de ingreso del ébola, en el contexto del brote detectado en África central. El requisito alcanza a ciudadanos estadounidenses, extranjeros y residentes permanentes, y también incluye a los integrantes de las tripulaciones de aviones de pasajeros y de carga.

La restricción comprende los vuelos con destino a Estados Unidos, incluso cuando el país sea una escala de conexión hacia otro destino. También se considera que una persona estuvo en la RDC si realizó una conexión en un aeropuerto de ese país, aunque no haya descendido del avión ni salido de la terminal.

Quienes hayan estado en territorio congoleño durante los 21 días previos no podrán abordar un vuelo con destino a Estados Unidos. Deberán permanecer fuera del país norteamericano durante ese período y podrán viajar a partir del día 22, siempre que cumplan los demás requisitos de ingreso.

También habrá restricciones para viajeros procedentes de Uganda y Sudán del Sur. Los ciudadanos extranjeros, incluidos los residentes permanentes estadounidenses, que hayan estado en alguno de esos países durante las tres semanas anteriores no podrán ingresar a Estados Unidos hasta que se cumpla el plazo de 21 días desde su salida.

En cambio, los ciudadanos estadounidenses que hayan pasado por Uganda o Sudán del Sur y no hayan estado en la RDC podrán ingresar, pero sus vuelos serán derivados a aeropuertos designados para realizar controles sanitarios. Entre ellos figuran los de Washington-Dulles, Atlanta y Nueva York.

Las aerolíneas deberán gestionar la declaración antes del embarque, en formato impreso o digital, comprobar que cada persona la haya completado y conservar una copia durante al menos 42 días después de la salida del vuelo. Quienes no presenten el documento no podrán abordar. La presentación deliberada de información falsa puede derivar en multas y penas de prisión conforme a la legislación federal.

La orden tiene vigencia inicial hasta el 18 de diciembre de 2026, aunque las autoridades podrán modificarla o dejarla sin efecto antes de esa fecha, de acuerdo con la evolución del brote y los indicadores epidemiológicos.

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