La Corte intervino en la disputa por la propiedad extranjera de tierras rurales

La Corte intervino en la disputa por la propiedad extranjera de tierras rurales

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales, y restableció las restricciones a la adquisición de campos por parte de extranjeros.

La decisión tiene carácter cautelar y no resuelve todavía la controversia de fondo. La suspensión se mantendrá mientras la Justicia analiza la legitimación de quienes presentaron la demanda y el pedido de protección judicial.

El planteo fue impulsado por la asociación civil Árbol de Pie, comunidades indígenas y la exsenadora nacional María Magdalena Odarda, quienes cuestionaron la derogación por decreto y señalaron posibles consecuencias sobre el ambiente, los recursos naturales y los derechos de los pueblos originarios.

La Ley 26.737 establece un límite general del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales, tanto a nivel nacional como provincial y departamental. También contempla restricciones específicas para determinadas zonas y territorios.

Al disponer la medida, la Corte consideró que la demora de los tribunales inferiores en dar una respuesta podía comprometer la protección judicial frente a un eventual daño ambiental.

El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia al considerar que el máximo tribunal no tenía competencia para dictar la cautelar en esa instancia.

El expediente fue devuelto al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, que deberá continuar el trámite y pronunciarse sobre la legitimación de los demandantes y el pedido cautelar.

La resolución no implica la anulación automática de las compras de tierras realizadas por extranjeros. Por ahora, restablece la vigencia de las restricciones legales mientras continúa el proceso judicial.

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