La Justicia neuquina confirmó una multa económica significativa contra un supermercado por vender productos vencidos, tras un operativo de la Dirección Provincial de Protección al Consumidor.
El hecho ocurrió en julio de 2024, cuando inspectores constataron la presencia de mercadería fuera de fecha exhibida para la venta. Por esa falta, se impuso una sanción equivalente a cinco canastas básicas y la obligación de difundir la resolución judicial.
La jueza María Eliana Reynals desestimó el recurso de apelación presentado por el propietario del local y sostuvo que el comercio “debe ajustar su conducta a la normativa vigente”.
El fallo enfatiza que la venta de productos vencidos afecta de forma directa la salud y seguridad de los consumidores, en violación del artículo 5 de la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia ratifica el criterio sancionatorio del organismo y reafirma la responsabilidad de las empresas en el cumplimiento de las normas de inocuidad alimentaria.

