Los empleados de comercio cobrarán en septiembre de 2026 los salarios correspondientes a agosto, con el último tramo del aumento del 1,9% acordado en la paritaria del sector.
El incremento forma parte de una recomposición total del 5,7% para el trimestre julio-septiembre, distribuida en tres tramos del 1,9% cada uno. El acuerdo fue firmado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) junto con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
La actualización se aplica sobre las remuneraciones correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Además, durante este período continúa vigente una suma fija no remunerativa de $120.000.
Cuánto cobran los empleados de comercio
La escala salarial contempla diferentes valores de acuerdo con la categoría y las tareas que desempeña cada trabajador.
Para agosto, última escala completa difundida antes del tramo de septiembre, los montos totales con la suma no remunerativa incluida fueron:
Maestranza
- Categoría A: $1.305.461.
- Categoría B: $1.308.793.
- Categoría C: $1.320.464.
Administrativos
- Categoría A: $1.317.965.
- Categoría B: $1.322.971.
- Categoría C: $1.327.970.
- Categoría D: $1.342.978.
- Categoría E: $1.355.482.
- Categoría F: $1.373.824.
Cajeros
- Categoría A: $1.322.132.
- Categoría B: $1.327.970.
- Categoría C: $1.335.474.
Auxiliares
- Categoría A: $1.322.132.
- Categoría B: $1.330.469.
- Categoría C: $1.357.983.
- Auxiliar Especializado A: $1.332.140.
- Auxiliar Especializado B: $1.347.145.
Vendedores
- Categoría A: $1.322.132.
- Categoría B: $1.347.148.
- Categoría C: $1.355.482.
- Categoría D: $1.373.824.
Estos valores corresponden a agosto y sirven como referencia para la escala previa al último tramo del acuerdo. La escala de septiembre incorpora el 1,9% pactado para ese mes sobre la base establecida en el acuerdo.
Qué adicionales pueden cobrar
El ingreso final de cada trabajador puede ser superior al monto de la escala básica debido a los adicionales previstos por el convenio.
Entre ellos se encuentran el adicional por antigüedad, el presentismo, los adicionales vinculados con determinadas tareas y el pago de horas extras cuando corresponda.
La antigüedad se calcula sobre los conceptos alcanzados por el acuerdo, mientras que la asignación extraordinaria por única vez tiene un tratamiento diferente.
El bono extraordinario de $50.000
La paritaria también estableció una asignación extraordinaria de $50.000, abonada en dos cuotas de $25.000 junto con los salarios de julio y agosto.
Por lo tanto, en septiembre ya no corresponde sumar una nueva cuota de ese bono, ya que las dos partes de la asignación fueron previstas para los meses anteriores.
El acuerdo establece además una revisión de las condiciones salariales en octubre de 2026, cuando las partes deberán analizar la evolución de las variables económicas y la necesidad de una nueva actualización.
